ORDENANZA QUE APRUEBA LA CONSTITUCIÓN DEL CONSEJO CONSULTIVO DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES (CCONNA) DISTRITAL DE JULI.
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR, la CONSTITUCIÓN DEL CONSEJO CONSULTIVO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES (CCONNA) DISTRITAL DE JULI, como un espacio de participación de carácter consultivo elegido democráticamente por las mismas niñas, niños y adolescentes.
Dicho espacio tiene como finalidad participar, proponer e incidir en la formulación de politicas públicas sobre niñez y adolescencia que les involucra e interesa.
ARTICULO SEGUNDO.- El Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes del Distrito de Juli, estará constituida por cuatro niñas, niños y adolescentes, representante de organizaciones y/o grupos de niños, niñas y adolescentes como Titulares; sus edades oscilan entre diez (10) y diecisiete (17) años de edad.
ARTÍCULO TERCERO.- El Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes del Distrito de Juli, se crea con el propósito de ser un espacio de participación de carácter consultivo, que represente el pensamiento de las niñas, niños y del adolescente de los diferentes sectores del distrito y que generen propuestas, ideas o soluciones que orienten al desarrollo del Juli.
ARTÍCULO CUARTO.- Las Funciones del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes, son las siguientes:
- Elaborar y presentar propuestas de politicas en materia de infancia y adolescencia ante la Alcaldia y el Concejo Municipal
- Emitir opinión sobre todas las consultas que le realicen en materia de politicas sobre infancia y adolescencia.
- Vigilar y exigir el cumplimiento de derechos y politicas que los afecten’ y les sea pertinentes, a través de una Declaración ante la Alcaldia y el Concejo Municipal; quienes lo trasladarán a la instancia competente.
- Difundir y promover los derechos y deberes de las niñas, niños y adolescentes en coordinación con la Sub Gerencia de Desarrollo Social.
- Representar a las niñas, niños y adolescentes del distrito ante las autoridades e instituciones locales, regionales y nacionales cuando sean requeridos, para abordar temas sobre infancia y adolescencia de Desarrollo Social.
- Ser voceros ante el resto de la población de niños, niñas y adolescentes.
ARTÍCULO QUINTO.- EI CCONNA, está conformado por la Asamblea General y el Equipo Coordinador:
- La Asamblea General, está constituida por los representantes elegidos de las diferentes organizaciones, grupos y/o asociaciones de niñas, niños y adolescentes existentes en el distrito, los mismos que sesionarán de acuerdo a su reglamento aprobado.
- El Equipo Coordinador, será elegido entre los representantes titulares de las organizaciones participantes, en Asamblea General y estará integrado por:
a) Coordinador/a General
b) Sub Coordinador.
c) Secretario/a de actas.
d) Secretariola de Organización…
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